Juicio político: Chute se la re dijo al "autopercibido" fiscal y diputado Macagno
- Santa Cruz Nuestro Lugar

- hace 3 días
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A través de sus redes sociales, el secretario de Legal y Técnica de la Municipalidad de Río Gallegos, Dr. Gonzalo Chute hizo un planteo con distintos puntos jurídicos y políticos sobre el juicio político en el que fue absuelto Fernando Basanta. Cargó contra Sergio Macagno, enumerando sus errores en el procedimiento judicial y desconocimiento de la Constitución Provincial.

JUICIO POLÍTICO AL DOCTOR BASANTA: MI VISIÓN DE LOS HECHOS.
Durante las últimas semanas por mi participación en la defensa técnica del doctor Basanta decidí hacer respetuoso silencio para evitar injerencias en el proceso, todo ello por expreso pedido de quien fuera acusado y para que el mismo se desarrolle de forma normal. Pido disculpas a los medios que me llamaron una y mil veces, pero era lo apropiado en ese estado de cosas y ante la trascendencia institucional del asunto. Pero ahora que culminó todo de la única forma que podía terminar (con la absolución y reincorporación del acusado a sus funciones) me voy a permitir hacer un resumen de todo:
La antigüedad de seis años de ejercicio de la profesión quedó aclarada al momento de la designación del Dr. Basanta el 8 de Septiembre de 2.022: Fue el único punto que se debatió a la hora de designarlo tanto en la Comisión de Asuntos Constitucionales como en el recinto, y la Cámara de Diputados (por dos tercios) decidió que los antecedentes profesionales y académicos acreditaban los seis años de ejercicio requeridos por el Artículo 127 de la Constitución Provincial. Prestado el acuerdo, el Ejecutivo emitió un decreto designándolo y convalidando dicha designación, y el Tribunal Superior de Justicia (que realiza un estudio de títulos y de legalidad previo a tomar juramento a cualquiera de sus miembros) entendió lo mismo. Esta antigüedad fue convalidada también por tres fallos judiciales de primera instancia, uno de Cámara, y uno del Tribunal Superior de Justicia en el cual queda pendiente el recurso extraordinario federal interpuesto por los amparistas. La sesión donde se lo designó fue perfectamente regular, cumplió todos los pasos del Reglamento Interno
Al momento de designar a Basanta la Cámara de Diputados en uso de sus plenas facultades hizo una interpretación de un término que no está definido en la ley provincial ni en la Constitución: Qué significa ejercer la profesión de abogado, interpretación que fue avalada por los jueces previamente mencionados. Esa interpretación se sustentó en jurisprudencia de todo el país en casos similares, en interpretaciones de la propia Corte Suprema, y en doctrina de autores de la talla de Germán Bidart Campos y Gregorio Badeni, destacados constitucionalistas estudiados por cualquiera que haya cursado abogacía en cualquier universidad del país.
Y ahí pasamos al otro punto planteado en la defensa técnica: La Camara de Diputados ya no era competente para intervenir en esta instancia del trámite, simplemente porque ya agotó su intervención en el mismo al prestar acuerdo durante una sesión regular. No existe la figura del “des-acuerdo”, y el caso no constituía uno de los cuatro supuestos que el Artículo 138 de la Constitución Provincial prevé para que proceda el juicio político, simplemente porque el análisis de legalidad de la designación es (lógicamente) un hecho ANTERIOR a la misma: No era un caso de incapacidad física o mental, no era un delito en el desempeño de la función ni un delito común (más adelante me voy a detener en esto) ni una falta de cumplimiento de un deber a su cargo: ¿Cómo vas a estar incumpliendo un deber a cargo tuyo si el hecho imputado justamente es anterior a que asumas el cargo? Y además, ¿Cómo iba a estar incumpliendo un deber si los que interpretaron la ley para designarlo fueron el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial y no el Vocal designado?
Este juicio político NUNCA DEBIÓ EXISTIR, porque ninguna de las acusaciones era causal para llevarlo a cabo y la Cámara de Diputados era incompetente. Incompetencia no quiere decir que los Diputados sean inútiles, en términos jurídicos incompetencia quiere decir que el órgano (que es el mismo sin importar quiénes lo integren circunstancialmente) ya no tiene potestad legal para decidir en el asunto, que ya estaba concluído para la Cámara desde que la designación del Dr. Basanta recibiera acuerdo.
Simulando un juicio político se quiso hacer una especie de “des-acuerdo” o declaración de nulidad mal hecha: Solo el Poder Judicial puede declarar la nulidad de los actos de otros poderes del Estado que ya están en vías de ejecución y generando derechos subjetivos. ¿Esto quiere decir que no se pueden hacer juicios políticos? Para nada, si se pueden hacer, siempre que sea por alguna de las causales del 138 de la Constitución Provincial y respetando el debido proceso conforme lo indica tanto el Artículo 139 de la misma norma y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, cuestión que acá NO pasó.
Queda hablar de un punto más, y es la acusación de la comisión de los delitos de los artículos 253, 248 y 249 del Código Penal. Esta acusación directamente es lisérgica, simplemente porque el payaso que presentó la denuncia que motivó el juicio político ya había hecho lo propio en la justicia penal, y la jueza la archivó por inexistencia de delito en una sentencia categórica y extremadamente clara. Vale aclarar que el denunciante no se constituyó como querellante en la misma y cuando se archivó la causa se ve que se olvidó de pasar por el juzgado a ver cómo estaba el tema. Cuando se acordó de pasar por el juzgado se habían vencido todos los plazos y ya hacía cosa juzgada. O sea, SE HIZO UN JUICIO POLÍTICO POR SUPUESTOS DELITOS PENALES QUE LA JUSTICIA PENAL YA HABÍA DICHO QUE NO EXISTÍAN.
Los últimos días el señor que cobra dos sueldos de distintas dependencias públicas (una nacional y otra provincial, la UNPA como Auditor SIGEN y el IDUV como Director Asesor respectivamente) estuvo diciendo que le pidió al Fiscal de Estado que se presente a la causa y este no lo hizo… Y ahí le voy a tener que dar la razón al Doctor Castillo: No podía presentarse jamás como querellante simplemente porque los hechos denunciados para el Estado Santacruceño NO ERAN DELITO, y él tiene la obligación legal de representar al Estado, no al Gobierno de turno.
Les dejo una perlita más que ya torna todo aún más ridículo (si fuera posible): En la nota que Macagno le presentó al Dr. Castillo, le decía que la Fiscalía de Estado tenía que presentarse como querellante en la causa contra Basanta porque se podría haber cometido el delito tipificado en el Artículo 226 del Código Penal… Ese artículo pena con prisión de cinco a quince años a quienes SE HAYAN LEVANTADO EN ARMAS CONTRA LA CONSTITUCIÓN O LAS AUTORIDADES CONSTITUCIONALES (!!!). Tal vez me falle la memoria, pero no recuerdo al Dr. Basanta o a la Dra. Kirchner tomar el Tribunal Superior de Justicia con un FAL y disfrazados de Rambo. Con mucha dignidad (y supongo que muriéndose de risa) Castillo lo mandó a freír churros. Pero de ese nivel de seriedad hablamos en todo este tema.
Sobre el denunciante no pienso hablar más (por ahora), hay gente que toda su vida se arrastró por tener algo de atención y por tratar de paliar deficiencias en el ejercicio que conocen todos los que litigan, y en este juicio político mostró una y otra vez un desconocimiento vergonzoso del derecho y los procesos constitucionales. Como bien dijo el Dr. Ruggero, parece que se autopercibia Fiscal o Diputado sin serlo. El Vocal Basanta le dijo ciertas verdades en la cara durante la audiencia, y eso fue suficiente.
Ahora si, para terminar quiero destacar algo: Desde el momento de la acusación el Dr. Basanta podría haber pedido judicialmente la nulidad de lo actuado por todo lo dicho acá. Decidió en cambio acatar lo decidido por el Poder Legislativo y someterse a un proceso que en épocas de posverdad y de poca escucha podría haber salido para cualquier lado, pero afortunadamente primó la racionalidad y se obtuvo la única decisión posible ajustada a derecho: La absolución en todos y cada uno de los cargos.
Espero de corazón que con este mensaje (sumado al que dio el pueblo Santacruceño el 26 de octubre) el Gobernador decida avanzar en la normalidad instituciona y corte de cuajo la situación de anomia que atravesamos hoy: Aún está discutiéndose lo de los cuatro miembros que trataron de asumir en el Tribunal Superior de Justicia pese a fallos judiciales que lo impedían, designados por una Cámara de Diputados que incumplió órdenes judiciales y el propio reglamento interno en sesiones que SÍ fueron nulas e irregulares.
Y uno de los juzgadores que juzgó a Basanta fue el Diputado Fernando Españon: Tiene cinco pedidos de desafuero de la justicia por abuso de autoridad, adulteración de documentos públicos y ABUSO SEXUAL pero así y todo juzga la conducta de jueces. Si tanto les importa la República y las instituciones, voten ya el desafuero y pónganlo a disposición de la Cámara Criminal para que sea juzgado de una vez por todas.
PD: Les dejo las notas donde Macagno le pide al Fiscal de Estado que denuncie a Basanta por levantarse en armas contra el orden constitucional (???), y la Nota en la que el Fiscal de Estado lo manda respetuosamente a la mierda. Todas ellas aportadas por el Fiscal autopercibido.






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