La sentencia dictó prisión perpetua para Matías Farías (29) por el abuso sexual y asesinato de Lucia y la pena de 15 años unificada con una condena previa por venta de estupefacientes a Juan Pablo Offidani (48) como "partícipe secundario". El primer juicio que los había absuelto desencadenó en el jury a los jueces de aquel tribunal.
En este segundo juicio, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Mar del Plata condenaron a Farías a prisión perpetua por ser considerado "autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes y por resultar la muerte de la persona ofendida en concurso ideal con femicidio ocurrido el 8 de octubre de 2016" y a Offidiani a una pena de 8 años -que se suman a otra condena y hacen un total de 15- por considerarlo "partícipe secundario penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes".
Lucía de 16 años había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 para venderle marihuana. Según se acreditó, en la tarde del 8 de octubre de 2016, la joven fue llevada sin vida a una sala de salud de la zona sur de la ciudad. Luego se comprobó que anteriormente había estado en la casa de Farías, donde fue abusada. Las pericias y la autopsia revelaron que el consumo de cocaína le causó a la joven una asfixia tóxica que derivó en su muerte. La clave del caso fue la violencia machista que llevó a eso y al abuso previo por parte de los acusados, según sostuvo la familia que jamás dejó de exigir justicia por Lucia.
El primer juicio tuvo lugar a fines de 2018 en el Tribunal Oral Federal 1, a cargo de Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale. Los jueces fueron duramente cuestionados antes y después de la sentencia. Ese fallo fue apelado por la fiscalía y la familia de la víctima. En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la "nulidad" del juicio y ordenó la realización de uno nuevo.
La resolución fue apelada por la defensa de los victimarios, pero sin embargo fue ratificada por la Suprema Corte provincial, que le puso fecha al nuevo proceso que finalizó esta tarde.
Más tarde, los jueces de la absolución, Gómez Urso y Viñas, fueron suspendidos en sus funciones para ser sometidos a un jury. Carnevale, por su parte, renunció a su cargo para jubilarse y así evitó ser sometido a un jurado de enjuiciamiento.
El informe los cuestionó la absolución de los autores “del gravísimo delito de abuso sexual con acceso carnal agravado” posterior al “suministro de estupefacientes". También se los acusó de "indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal".
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